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jueves, 19 de septiembre de 2013

RESPONSABILIDADES DE LOS DUEÑOS DE PERROS EN JUMILLA (MURCIA, ESPAÑA). ORDENANZA MUNICIPAL TENENCIA DE ANIMALES.

   La Concejalía de Medio Ambiente de Jumilla (Murcia, España) recuerda que el municipio cuenta con una Ordenanza Municipal sobre la Tenencia de Animales de Compañía y Potencialmente Peligrosos, con el fin de incidir en las responsabilidades y obligaciones que los jumillanos y jumillanas poseedores de animales deben cumplir.
   Por un lado es obligatorio identificar al animal con microchip, ya que ha de constar inscrito en el Censo Municipal y estar registrado debidamente. El Microchip es un D.N.I para los animales, inviolable, inalterable e individual, que permitirá tener identificado al animal en todo el mundo, incluso si se extravía, pierde, escapa, lo atropellan o lo roban. Es el vínculo legal entre el animal y el propietario y su incumplimiento se sanciona con multa de 1.500 a 3.000 euros.
   Los propietarios deberán además tenerlos en la vía pública siempre bajo su control mediante una correa o similar para evitar daños o molestias a los ciudadanos. Los perros potencialmente peligrosos además deberán circular por la vía pública con bozal. La sanción por no cumplir la Ordenanza en este sentido va de 30 a 300 euros, y en el caso de animales potencialmente peligrosos, el que se encuentren sin bozal será penalizado con hasta 2.400 euros.
   Por otra parte la Ordenanza Municipal prohíbe las deposiciones fecales de perros, gatos y cualquier otro animal en cualquier espacio público, excepto en los lugares que el Ayuntamiento habilite a tal fin. La persona acompañante del animal está obligada a eliminar las deposiciones fecales del animal, mediante su recogida en bolsas de plástico o papel que tras su correcto cierre podrá depositar en las papeleras públicas, en las bolsa de basura domiciliaria, u otras instalaciones destinadas a tal fin. La no retirada de excretas, también está considerada como infracción leve, sancionable con multa de 30 a 300 euros.
   Por último, todos los propietarios de animales potencialmente peligrosos están obligados a obtener la licencia administrativa de tenencia de este tipo de animales que será otorgada por el Ayuntamiento del municipio de residencia del solicitante. La solicitud de licencia se presentará por el interesado en el Registro General de Ayuntamiento, previamente a la adquisición, posesión o custodia del animal. El poseer un perro potencialmente peligroso sin licencia está clasificado en la Ordenanza Municipal como una infracción muy grave y sancionable con multa comprendida entre 2.200 a 15.000 euros.

   NO SE QUEDE DE BRAZOS CRUZADOS FRENTE A LOS DUEÑOS DE PERROS QUE SE SALTAN LA LEY. ¡DENUNCIE!